El pasado 6 de septiembre por fin apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva reforma de la Ley Concursal para la incorporación de la directiva europea sobre reestructuraciones.
En realidad, la expectación por tal aparición no se debe a la excepcionalidad de la reforma. Desde su publicación en 2003, la Ley Concursal fue modificada treinta y tres veces y el texto refundido de 2020 cuenta ya con tres reformas. Las reformas normativas de las quiebras en el Código de Comercio de 1829 y de la provisional Ley de Suspensión de Pagos de 1922 se hicieron esperar, pero una vez introducido el nuevo régimen ha sido revisado de modo recurrente.
Puedes leer toda la información en este artículo que publiqué en Cinco Días.

Licenciado en Derecho por la Universidad Pontificia Comillas-ICADE, Especialidad E-1, y Diploma de Letrado Asesor de Empresas (1992).
Es Abogado en ESTUDIO JURÍDICO SÁNCHEZ CALERO desde 1994.
Profesor Asociado de Derecho Mercantil en la Universidad Complutense de Madrid y en el Instituto de Estudios Bursátiles (IEB).
Ha asesorado en operaciones societarias y de contratación de carácter internacional. Asimismo, cuenta con una dilatada experiencia en defensa en procedimientos administrativos sancionadores en sectores regulados y sometidos a supervisión. Ha intervenido en numerosos arbitrajes y es mediador.