Dentro de la reciente Ley 18/2022, de 28 de septiembre de 2022, de creación y crecimiento de empresas, se incluye una disposición adicional décima dedicada al “Reconocimiento de las Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC)”.
Se trata de una nueva figura y lo que se establece es un reconocimiento del que podrán beneficiarse cualesquiera sociedades de capital que, además de proceder a recoger en sus estatutos las declaraciones correspondientes, superen el trámite de validación.
Pero la futura reglamentación nos lleva a plantearnos, además, una pregunta elemental: ¿cuál es la consecuencia de que una sociedad de capital sea reconocida como una #SBIC?
En este artículo publicado en Law&Trends analizamos algunas claves sobre esta esta disposición.

Helena Sánchez-Calero Barco es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid . Antes de incorporarse al Estudio Jurídico Sánchez Calero realizó prácticas en diversos despachos internacionales. Helena es especialista en derecho mercantil y procesal, en seguros de bienes y responsabilidad civil, en reestructuraciones e insolvencias y en derecho bancario y bursátil.