Se ha aprobado la Directiva 2022/2381, de 23 de noviembre de 2022 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas (DOUE L315 de 7 de diciembre de 2022, pág. 44 y ss.).
Se trata de una iniciativa legislativa de larga gestación, como se encarga de exponer en sus considerandos la propia Directiva, en donde se hace una referencia histórica a las recomendaciones y demás declaraciones que se han producido a lo largo de los últimos veinte años con la finalidad de que se produjera en las sociedades cotizadas una mayor presencia femenina.
Lo cierto es que esas medidas no han tenido un resultado adecuado por la existencia de distintos obstáculos al nombramiento de mujeres como administradoras. En el considerando (15) de la Directiva se habla de la necesidad de superar los obstáculos que radican, por ejemplo, en el ámbito de las escuelas de negocios y facultades universitarias, así como también los propios procesos de renovación periódica dentro de los consejos de administración que debieran de llevar a una más fácil rotación y sustitución por mujeres de los consejeros.
Añade el considerando (16) que esto se produce cuando en la Unión Europea existe lo que describe como una “reserva numerosa de mujeres con un elevado nivel de cualificación, que no deja de crecer”. Es, además, favorable para los propios intereses de tantas empresas incentivar una mayor presencia de mujeres en los consejos de administración porque, como señala la Directiva, con ello se mejora la gobernanza empresarial.
La Directiva tiene un contenido preciso. Esta proclama en su primer artículo cuál es su finalidad: “lograr una representación más equilibrada de mujeres y hombres entre los administradores de las sociedades cotizadas…”.
Se trata de una disciplina destinada exclusivamente a las sociedades cotizadas y cuyo objetivo se detalla sobre todo en el artículo 5.1 en donde se establece que antes del 30 de junio de 2026, los Estados miembros deberán garantizar que la sociedades cotizadas estén sometidas deban cumplir con cualquiera de los dos objetivos siguientes:
a) Que los miembros del sexo menos representado ocupen como mínimo el 40% de los puestos de consejero no ejecutivo.
b) Que los miembros del sexo menos representado ocupen como mínimo el 33% del total de puestos de administrador, incluidos los de administrador ejecutivo o no ejecutivo.
La Directiva destaca la importancia que para conseguir esos objetivos cobra la selección de candidatos y de ahí que enuncie en el artículo 6 lo que describe como “medios para alcanzar los objetivos”. Medida que se verá completada con otra de naturaleza informativa, típica del movimiento de gobierno corporativo y que consiste en exigir una adecuada información que permite evaluar cómo se va produciendo la incorporación de mujeres a los puestos de consejera en sociedades cotizadas.

Helena Sánchez-Calero Barco es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid . Antes de incorporarse al Estudio Jurídico Sánchez Calero realizó prácticas en diversos despachos internacionales. Helena es especialista en derecho mercantil y procesal, en seguros de bienes y responsabilidad civil, en reestructuraciones e insolvencias y en derecho bancario y bursátil.